Ley de garantía de la Libertad sexual

68 / 100

se ha publicado La Ley de Garantía de la Libertad sexual con novedades importantes en el ámbito laboral con respecto al acoso sexual en el trabajo:

– Las trabajadoras víctimas de violencias sexuales tendrán derecho a la reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, al cambio de centro de trabajo, a la adaptación del puesto, a la suspensión de la relación laboral y a la extinción del contrato.

– La suspensión va ligada a una reserva del puesto de trabajo.

– Se incorpora como causa de nulidad el despido de trabajadoras víctimas de violencia sexual (salvo si se pueden acreditar las causas del despido).

– Las empresas deberán incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual. Para ello, deberán formar e informar sobre este riesgo a sus trabajadoras.

— Leer en https://t.co/T23YoCBPdd

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.